¿Se puede ir a un juicio sin abogado?

Aunque se habla más de este tipo de situación como una curiosidad sobre la manera en que se puede dictaminar las normas y las leyes, la pregunta respecto a si es posible ir a un juicio sin abogado puede por terminar por ser de lo más pertinente, ya que existen situaciones en las que se contempla esta posibilidad.

De todos modos, también hay que hacer énfasis que las personas que van a un juicio sin estar representados por un abogado (spanish law firm), ni tampoco llevar a un procurador, es una circunstancia que es poco frecuente y en cierta manera poco recomendable si se quieren maximizar las opciones de salir victorioso.

Acudir sin un profesional de la abogacía

Ahora bien, más allá de lo que se ha mencionado, por regla general, siempre es necesario que el caso en juicio sea conducido por un abogado colegiado como ejerciente en un colegio de abogados de España y que incluso la existencia de un procurador ocurra. Igualmente, nadie para ser mejor que un especialista dentro de la rama jurídica para defender el caso.

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Sin embargo, las leyes también van a permitir que en cierto tipo de ramas del derecho, un abogado no siempre sea necesario para una persona, así que va a ser posible acudir a este tipo de instancias sin representación o ser representado por una persona distinta.

En el Orden Social – Dentro de esta categoría es el tipo de caso más frecuente. Aplica para la reguladora de la jurisdicción social, y aquí las partes van a comparecer en un juicio por su cuenta o en donde también pueden ser representadas.

En el proceso civil – La regla general nos dice que siempre lo debe estar, pero hay algunas excepciones a esta regla general en donde los casos para poder ir a un juicio sin un abogado son:

Si se trata de un juicio verbal sino abogado, en caso que la cuantía sea inferior a 2000 €.

Un proceso monitorio, en donde el acreedor va a hacer la petición inicial y se debe contestar en 20 días por el deudor. En caso que el deudor se oponga será necesario un abogado.

Escritos al ser excluida la intervención del abogado para la presentación de escritos que sean realizados para personarse en un juicio, al solicitar medidas urgentes previo a un juicio o para solicitar la suspensión urgente de las visitas o actuaciones previstas.

En el proceso Penal – Durante un juicio de faltas no se precisa de la presencia de un abogado, aunque es conveniente. Tampoco en la detención.

En el ámbito contencioso-administrativo – Para los órganos colegiados y órganos unipersonales.

En conclusión, existen cierto tipo de circunstancias en las que es posible ir a un juicio sin abogado, pero no es común, ni tampoco recomendable.