Ayudas a personas en situación de desahucio

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La principal finalidad del programa de ayuda a las personas en situación de desahucio, es la de ofrecer un inmueble a aquellos individuos que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad, debido a que se ven afectadas por procesos de desahucio en su residencia habitual como consecuencia de ser objeto de lanzamiento.

Todo esto generado tanto por la ejecución de la hipoteca, como por la demanda de desahucio al incumplir con el pago de la renta de alquiler o porque no cuentan con los medios económicos precisos para poder acceder a un nuevo domicilio.

Al igual que esas personas que a través del lanzamiento causado por una ejecución no hipotecaria no tengan la disposición o posibilidad de contar con el que ha sido su inmueble habitual  o que tampoco posean los recursos económicos para tener acceso a lo que puede suponer una nueva residencia, según lo establecido tanto dentro del capítulo IV del Real Decreto 106/2018 del 9 de marzo (LA LEY 3351/2018), como en el presente decreto.

Descripción del programa

Este programa tiene como propósito ofrecerles un inmueble en régimen de alquiler social, a aquellas personas que estén en situación de desahucio de su residencia habitual. Además es importante mencionar que con esta ayuda los individuos tienen la oportunidad de percibir un importe de hasta un 100%, lo cual supondría alrededor de 400 euros mensuales.

¿Quiénes pueden solicitar la ayuda para personas en situación de desahucio?

vivienda dignaLos individuos que pueden beneficiarse mediante dicho programa de ayuda son aquellas personas físicas que tienen la mayoría de edad (con nacionalidad española o con residencia legal en el país, si se trata de extranjeros), y fueron y/o serán objeto de lanzamiento o desahucio de su residencia permanente, razón por la cual, están en condiciones de especial vulnerabilidad, ya que no les permite tener acceso a otro inmueble a través de sus propios recursos.

Requisitos principales para acceder al programa de ayudas

Esa situación de especial vulnerabilidad en la que se encuentran los beneficiarios de este tipo de ayudas, tendrá que ser acreditada a través de un informe emitido por los correspondientes servicios sociales (locales, autonómicos y/o entidades del tercer sector), los cuales, tomarán en cuenta aparte de otras cosas, como el ingreso que percibe la unidad de convivencia.

Bajo ninguna circunstancia será posible considerar que hay alguna condición de especial vulnerabilidad, si el beneficiario y/o los miembros de la unidad de convivencia que ha sido objeto de desahucio o lanzamiento, perciben ingresos y estos son mayores a tres veces el IPREM.

O si alguno de estos miembros posee otro inmueble dentro del territorio nacional, a menos que siendo titulares de algún inmueble acrediten su no disponibilidad debido a un divorcio o separación, al no poder disponer del mismo como consecuencia de alguna otra causa fuera de su control y si la residencia es inaccesible debido a la discapacidad del titular o a la de uno de los miembros que forman parte de la unidad de convivencia.

Este umbral incrementará cuatro veces el IPREM cuando los beneficiarios son familias con muchos miembros o si está compuesta por varios individuos que presentan alguna discapacidad, mientras que aumentará cinco veces el IPREM, en caso de ser familias de varios miembros de categoría especial o discapacidad de las siguientes clases:

  • Individuos con parálisis cerebral, discapacidad intelectual, enfermedad mental o discapacidad del desarrollo, teniendo un nivel de discapacidad reconocido que sea igual o superior al 33 %.
  • Individuos con discapacidad sensorial o física, que tengan un nivel de discapacidad reconocido que sea igual o superior al 65 %.
  • El arrendatario tendrá la obligación de usar la vivienda como su residencia permanente y mantener no solo la vivienda, sino también su interior, exactamente en las mismas condiciones tanto de habitabilidad, como de uso que estaban cuando se le dio acceso al inmueble.
  • En este sentido se tendrá que permitir el acceso a la vivienda a aquellas personas que se encarguen de llevar a cabo el seguimiento del programa de ayuda, para informar al órgano gestor o los servicios sociales colaboradores, cosa que se estipulará expresamente dentro de los contratos de alquiler firmados.

Cuantía de la ayuda a personas en situación de desahucio

ayuda viviendaA los beneficiarios del programa de ayudas para personas en situación de desahucio, les será concedida una ayuda de hasta un 100% de la renta máxima mensual (unos 400 euros) durante un periodo de tres años, con el fin, de que puedan cumplir con el alquiler social del inmueble habitual que les ha sido adjudicado.

Si se da el caso de que el inmueble necesita realizar algunos arreglos para la adecuación de su uso inmediato, será el Ministerio de Fomento el que se encargará de suministrar alrededor de un 25% del gasto que supone dicho arreglo, alcanzando un límite máximo que no supere los 1.500 euros por cada inmueble.

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