Ayuda subsidiación de préstamos convenidos

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Los préstamos convenidos son un tipo de hipoteca que cuenta con condiciones específicas, las cuales, son estipuladas tanto por las entidades de crédito, como por el ministerio.

¿En que consiste el programa de subsidiación de prestamos convenidos?

Además, es un requisito indispensable a la hora de optar por otras ayudas para comprar alguna vpo, como son por ejemplo la subsidiación del préstamo, que es una ayuda para pagar la hipoteca que se recibe mensualmente. Sin embargo cabe mencionar que con el fin de cobrar las ayudas, resulta necesario cumplir los requisitos exigidos (ingresos y tipo de vivienda, entre otros requisitos), ya que no es suficiente con realizar la solicitud del préstamo convenido.

ayudas prestamos convenidosDicho programa de subsidiación tiene como propósito el mantenimiento de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos y regulados dentro de los programas estatales de vivienda previos, los cuales sigan las instrucciones en la materia que se encuentra vigente.

Esto consiste en prevenir casos de ejecución hipotecaria cuya culminación tiene lugar en forma de procedimientos de lanzamiento, conservando dichas ayudas de subsidiación a esas familias que las estuviesen recibiendo durante todo el periodo y que se encuentren reconocidas dentro del marco de la clasificación jurídica vigente. (Artículo 9).

Cabe destacar igualmente, que la subsidiación de créditos convenidos cuenta con un complicado funcionamiento, el cual y en términos generales y de acuerdo a la comunidad autónoma, consiste en lo siguiente:

“Quien adquiera un inmueble protegido debe acudir a su comunidad autónoma para solicitar no solo un préstamo convenido, sino también su correspondiente subsidiación. Después, la comunidad se encargará de emitir una resolución a través de la cual se le reconocerá al individuo el derecho de recibir tanto el préstamo, como la subsidiación”.

Mediante dicha resolución, la persona interesada tendrá que dirigirse a la entidad de crédito que solicitará autorización del Ministerio de Fomento y únicamente al contar con tal autorización se podrá llevar a cabo la formalización del préstamo solicitado.

Igualmente cabe mencionar que la subsidiación tiene lugar mediante descuentos de las cuotas realizadas al beneficiario por parte de la entidad de crédito, las cuales le serán reintegradas por el Ministerio de Fomento.

Principales características de los préstamos convenidos

  • Aquellas entidades de crédito que suscribieron convenios con el Ministerio de Vivienda, son las que se encargan de conceder esta clase de préstamos.
  • Bajo ningún concepto podrá aplicarse ninguna clase de comisión en relación a este tipo de préstamos.
  • El interés que se le aplicará a los préstamos cualificados independientemente de si son recientes o concedidos con anterioridad dentro del marco del Plan de Vivienda, deberá ser acordado por el Consejo de Ministros de forma anual.
  • Las cuotas de pago para la entidad de crédito, deben ser constantes durante el periodo de tiempo que se extienda el préstamo en todos los lapsos de amortización y a los cuales corresponda una misma clase de interés.

¿Quiénes son los beneficiarios de este subsidio?

Los beneficiarios serán aquellos reconocidos en el Plan Estatal que proceda y con el fin de obtener las ayudas financieras, resulta necesario cumplir con las siguientes condiciones:

  • Las actuaciones por las cuales es solicitada la financiación, deben ser declaradas y/o calificadas como protegidas por parte de la comunidad autónoma.
  • Los adjudicatarios, adquirientes y/o promotores de uso propio no deben ser titulares de pleno dominio o un derecho real de disfrute/uso por encima de un inmueble de protección pública distinto y/o tampoco de un inmueble libre.
  • Sobre todo si su valor establecido según la normativa del Impuesto sobre transmisiones Patrimoniales, supere bien sea el 40% del precio máximo total del inmueble objeto de la actuación protegida o el 60% si se trata de grandes familias, víctimas del terrorismo o la violencia de género, discapacitados, individuos con más de 65 años o quienes posean familiares corregidos que no sobrepasen:
    • 6,5 veces el IPREM para obtener un préstamo convenido.
    • 3,5 veces el IPREM para obtener estatales financieras directas, al mismo tiempo que se acoge bajo el sistema determinado de ayudas financieras con el fin de realizar el acceso principal hacia la vivienda en propiedad.
    • No haber conseguido una financiación de Planes de Vivienda durante los últimos 10 años antes de la solicitud.

Excepto nueva solicitud de financiación:

  • Si el titular cambia de residencia con el fin de adquirir y/o rehabilitar el inmueble destinado a ser usado como vivienda frecuente, en una localidad distinta.
  • Grandes familias, las cuales acceden a un inmueble de mayores dimensiones.

Que los inmuebles:

  • inmuebles prestamosNo superen el precio de venta, renta y/o adjudicación máximos determinados en el Plan, basándose en el precio básico nacional y que por cada metro cuadrado de superficie útil hoy en día rondan los 695,19 euros.
  • Para inmuebles protegidos en régimen especial; por cada metro cuadrado de superficie útil será 1,40 veces el precio básico.
  • Para los inmuebles protegidos utilizados y de precio general, el precio básico será 1,60 veces por cada metro cuadrado de superficie útil.
  • Para inmuebles protegidos de precio concertado, por cada m2 de superficie útil será 1,80 veces el precio básico.
  • Inmuebles en alquiler de renta básica, el precio teórico máximo de referencia es de 1,60 veces el precio básico por cada metro cuadrado de superficie útil.
  • Inmuebles en alquiler de renta concertada, donde su precio teórico máximo de referencia por cada metro cuadrado de superficie útil, será 1,80 veces el precio básico.
  • Si el inmueble posee algún trastero (superficie útil máxima computable: 8 m2) o un garaje (superficie útil máxima computable: 25m2), su precio máximo por metro cuadrado de superficie útil será un 60% del precio del metro cuadrado útil del inmueble.
  • Los precios máximos establecidos tanto para inmuebles como adjuntos, podrían ser mayores si el inmueble está situado dentro de un ámbito territorial donde exista un precio máximo más elevado.

No sobrepasar las superficies útiles máximas mencionadas a continuación:

  • Con carácter general 90m2.
  • Inmuebles protegidos adaptados para individuos discapacitados o de movilidad reducida, podrá exceder hasta un 20% de superficie útil este límite.
  • Para familias grandes 120m2.

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